Entre las funciones de la Asamblea Departamental, contempladas tanto en la Constitución Política como en el Reglamento Interno de la Corporación está la de control político.
Se entiende por control Político la función constitucional de vigilancia que tiene la Asamblea para las acciones y/u omisiones del gobierno Departamental para lo cual requiere información permanente acerca de sus funciones y desarrollo de las mismas.
La corporación cuenta con la herramienta de moción de Censura como el procedimiento para exigir la responsabilidad política al poder ejecutivo Departamental y se proyecta a establecer orden, cumplimiento y transparencia en las acciones y decisiones públicas bajo condiciones constitucionales y legales.